¿Qué se considera cobro de deudas injusto y hostigador?
Las prácticas de cobro de deudas injustas y hostigadoras se producen cuando los cobradores de deudas violan sus derechos en virtud de la Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas (FDCPA). Entre las infracciones más comunes están las llamadas telefónicas repetidas, demandar por una deuda que usted no debe, amenazar con violencia o daño, utilizar lenguaje obsceno, hacer afirmaciones falsas sobre la deuda o ponerse en contacto sin permiso con terceros como su empresa o su familia. Estas prácticas pretenden presionarle para que pague una deuda, pero son ilegales.
Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas (FDCPA)
Las leyes de cobro injusto de deudas se rigen principalmente por la FDCPA, que protege a los consumidores de prácticas abusivas, engañosas y desleales por parte de los cobradores de deudas. Los cobradores no pueden utilizar medios injustos o desaprensivos para cobrar ni adoptar conductas cuya consecuencia natural sea acosar, oprimir o abusar. Estas leyes prohíben a los cobradores de deudas determinados comportamientos, como cobrar una cantidad que no se debe, ponerse en contacto con los consumidores a horas intempestivas, falsear la cantidad adeudada o la situación legal de una deuda, amenazar con presentar una demanda cuando el cobrador no puede o no tiene intención de hacerlo, amenazar con acciones que no pueden emprender legalmente o hacer sonar un teléfono o mantener conversaciones telefónicas repetidamente con la intención de molestar, abusar o acosar. Además, la ley garantiza a los consumidores el derecho a impugnar y verificar las deudas antes de emprender cualquier acción de cobro. La FDCPA se encuentra en 15 U.S.C. 1692 et.seq.
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Ley Rosenthal de Prácticas Justas de Cobro de Deudas (RFDCPA)
La RFDCPA es la versión californiana de la Ley Federal de Prácticas Justas de Cobro de Deudas, creada para regular a los cobradores de deudas y evitar prácticas abusivas. Al igual que la FDCPA, la Ley Rosenthal prohíbe a los cobradores utilizar amenazas, acoso o engaño para cobrar deudas. Amplía la FDCPA al incluir no sólo a los cobradores de deudas de terceros, sino también a los acreedores originales que cobran sus propias deudas, algo que no contempla la ley federal. La Ley Rosenthal garantiza la equidad mediante la imposición de protecciones adicionales a nivel estatal para los consumidores de California, incluida la prohibición de declaraciones falsas o engañosas y comunicaciones indebidas con terceros. La RFDCPA se encuentra en el Código Civil 1781 et.seq.
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